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La Corte Suprema avaló la prohibición absoluta de la publicidad de cigarrillos

La Corte Suprema avaló la prohibición absoluta de la publicidad de cigarrillos

La Corte Suprema rechazó una demanda de la tabacalera Nobleza Piccardo, que pidió la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley de control de tabaco de Santa Fe, que establecen la prohibición absoluta de publicidad de cigarrillos. Además, dejó en claro que la ley nacional se debe aplicar en todo el territorio, en contra de lo que desde hace años manifiesta la industria tabacalera. Y subrayó que tanto la Nación como las provincias pueden legislar en materia de salud pública, lo que dejó abierta la posibilidad de una regulación fuerte a nivel nacional.

Nobleza Piccardo, subsidiaria de la multinacional British American Tobacco, es una de las dos tabacaleras que se reparten de manera oligopólica el mercado argentino. En 2006, pidió la inconstitucionalidad de la Ley 12.432 de Santa Fe, que prohíbe de manera absoluta la publicidad de productos de tabaco y el auspicio de eventos deportivos y culturales. Esta medida es mundialmente reconocida como una de las dos más eficaces para reducir las tasas de fumadores junto al aumento de los impuestos.

A nivel nacional, la ley tiene una serie de restricciones a la publicidad, pero la prohibición no es total. Tras su entrada en vigor, las tabacaleras redireccionaron los millones de dólares que gastan en marketing hacia esos vacíos. Y según varios relevamientos presentados en los últimos años, han violado sistematicamente la ley. Por ejemplo, la normativa prohíbe que los carteles colocados en los kioscos se puedan ver desde afuera del local o tengan más de 30 por 30 centímetros, algo que no se cumple en tres de cada cuatro quioscos, según un estudio de la prestigiosa Fundación Interamericana del Corazón (FIC Argentina).

La ley de Santa Fe, en cambio, cumple con los estándares del Convenio Marco para el Control de Tabaco, el tratado internacional que más adhesiones tiene en el mundo, pero que Argentina no ratificó por presión de las provincias tabacaleras, en especial, de Jujuy, Salta y Misiones, pese a que más del 80% de la producción se exporta y una regulación eficaz afectaría a una porción del mercado que se compensaría con el crecimiento de la población. Una curiosidad: la normativa también desmintió los argumentos apocalípticos de las tabacaleras, acerca de que se iban a fundir los quioscos de la provincia, algo que no estuvo ni cerca de ocurrir.

En su demanda, Nobleza Piccardo alegó que los gobiernos no pueden dictar normas que vayan en contra de libertad de expresión comercial, lo que contrastaba con la soberanía de los Estados para regular sus políticas sanitarias.

El otro argumento fue que la ley provincial contradice la ley nacional, mucho más benigna. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que la única posibilidad para pedir la inconstitucionalidad de una norma local es que vaya en contra de los objetivos de la regulación nacional y no que sea más profunda.

El fallo es fundamental porque deja en claro que la ley nacional rige en todo el país. Las tabacaleras desde hace años argumentan que en las provincias que no tienen leyes locales no hay restricciones, lo que va en contra de los principios más básicos del derecho.

Al respecto, cuando FIC denunció que en el 73% de los quioscos de la Ciudad y la Provincia de Buenos y de Córdoba había publicidad ilegal, Nobleza Piccardo alegó que las leyes locales –a diferencia de la nacional– no imponían restricciones, contradiciendo lo que argumentó en Santa Fe. Ahora la Corte Suprema no dejó dudas: la ley nacional rige en todo el país. Así, por ejemplo,las farmacias de La Rioja tendrán que dejar de tener publicidad de cigarrillos.

La prohibición absoluta de publicidad busca bloquear la estrategia de las tabacaleras de hacer marketing apuntado a los niños y adolescentes. Como más del 90 por ciento de los fumadores comienzan a consumir tabaco antes de los 18 años, las empresas apuntan a ese sector. En el mundo, la industria gasta un millón de dólares por hora en esta estrategia.

“Este fallo es histórico y representa un impulso fundamental para que las provincias avancen hacia prohibiciones completas del marketing de los productos de tabaco, como Santa Fe, ya quedescarta posibles demandas por inconstitucionalidad en el futuro. Y deja de manifiesto la necesidad de modificar la ley nacional para promover una prohibición completa, incluyendo la exhibición de productos de tabaco”, evaluó la directora de FIC Argentina, Verónica Schoj.

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